Comisión Directiva.
ROXANA BEATRIZ DIAZ VERGARA, DNI 27524623, en carácter de Presidente de AMAM (asociación de mujeres en ayuda mutua por la no violencia), me dirijo a Usted, en su carácter de máxima autoridad de la provincia, y con motivo de entrar en vigencia la Ley Nacional 27.610, que regula el Aborto Libre en Argentina; con el fin de intimarlo a que en el plazo de 48 horas de recibida la presente, fije posición y lleve a cabo acciones que propendan a impedir que en Catamarca se lleve a cabo la muerte provocada y deliberada de personas por nacer, fundando mi petición en lo dispuesto en art. 75, inc. 22, 23, concordantes y subsiguientes de la C.N. y asi también lo regulado en art. 65, III y concordantes de la Constitución Provincial). La aplicación de la mencionada ley en todo el territorio catamarqueño debe ser impedida, habida cuenta de que se opone al principio básico defendido de modo explícito en la Constitución Nacional y en la Provincial, según la cual “Todos los habitantes de la provincia … tienen derecho para defenderse y ser protegidos en su vida, libertad, reputación, seguridad y propiedad…” (Art. 7). Así mismo, como representante de todos los Catamarqueños le exijo haga respetar la Constitución Provincial, que de modo explícito y lejos de cualquier criterio interpretativo, otorga a las mujeres el derecho “a la protección y asistencia integral de la maternidad. A la compatibilización de su misión de madre y ama de casa con su actividad laboral” (Art. 65, apartado II, inc. 3°) y a los niños “el derecho a la vida, desde su concepción” (Art. 65, apartado III, inc. 1°). Es su rol el ser responsable de defender el federalismo, y la autonomía provincial a la hora de diagramar y aplicar políticas públicas para cuidar a los ciudadanos catamarqueños. Ante ello, le recuerdo que nuestra realidad social, económica y cultural dista mucho de la de otras provincias y en sus manos está el desarrollo de políticas de cuidado que respeten los derechos consagrados en el párrafo precedente. Entendiendo que cualquier violación a la Carta Magna de los catamarqueños, lo hace pasible de denuncia penal por incumplimiento en los deberes de funcionario público, y esperando la respuesta pertinente, le saludo atentamente. QUEDA USTED DEBIDAMENTE NOTIFICADO E INTIMADO.